Ley Karin: Un Paso Significativo en la Protección Laboral en Chile
La Ley Karin, oficialmente promulgada en enero de 2024 y en vigor desde el 1 de agosto de 2024, representa un avance crucial en la legislación chilena sobre acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Esta ley se inspira en el caso de Karin Salgado, una enfermera que se suicidó en 2019 tras sufrir acoso laboral en el Hospital Herminda Martín de Chillán. La normativa tiene como objetivo crear entornos laborales seguros y respetuosos, eliminando las conductas inapropiadas y promoviendo la igualdad de género.
Principales Aspectos de la Ley Karin
- Definiciones y Alcance: La ley define claramente el acoso laboral, acoso sexual y la violencia en el trabajo, incluyendo actos cometidos por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes o pacientes. Esta definición amplia asegura que todas las formas de comportamiento inapropiado sean cubiertas por la ley, proporcionando una base sólida para la protección de los trabajadores.
- Prevención y Protocolos: La ley obliga a todas las empresas y organismos del Estado a implementar un protocolo de prevención del acoso y violencia laboral. Este protocolo debe incluir medidas específicas para prevenir y abordar estas conductas, así como procedimientos claros para la denuncia y el seguimiento de los casos.
- Investigación y Sanción: Se establecen procedimientos claros para la denuncia e investigación de casos, garantizando la confidencialidad, imparcialidad y celeridad. Las investigaciones deben llevarse a cabo de manera justa y rápida para proteger los derechos de todas las partes involucradas.
- Medidas de Protección: La ley incluye atención psicológica temprana para las víctimas y medidas inmediatas de resguardo para proteger su bienestar físico y emocional. Estas medidas son cruciales para garantizar que las víctimas reciban el apoyo necesario y que no sufran represalias.
- Perspectiva de Género: La normativa integra la perspectiva de género en todas las medidas y procedimientos, promoviendo la igualdad de trato y la eliminación de la discriminación por género en el ámbito laboral. Este enfoque asegura que se aborden las desigualdades de género y se promueva un entorno laboral inclusivo.
Protocolo de Prevención de MV Servicios para la Construcción Limitada
Antecedentes Generales
El protocolo se basa en la Constitución Política de la República de Chile y en el Código del Trabajo, que promueven relaciones laborales libres de violencia y basadas en la dignidad y el respeto con perspectiva de género. La empresa MV Servicios para la Construcción Limitada ha desarrollado este protocolo para cumplir con la Ley N°21.643 y garantizar un entorno laboral seguro para todos sus empleados.
Objetivo del Protocolo
El objetivo principal del protocolo es fortalecer entornos laborales seguros y libres de violencia, promoviendo el buen trato y la igualdad de género, y previniendo situaciones de acoso y violencia laboral. El protocolo busca crear una cultura organizacional donde se respeten los derechos de todos los trabajadores y se promueva la dignidad en el trabajo.
Alcance
Este protocolo se aplica a todos los empleados de la empresa, incluidas las jefaturas y gerencias, así como a visitantes, proveedores, usuarios y clientes que interactúen en las dependencias de la empresa. La aplicación del protocolo es amplia para asegurar que todas las interacciones en el entorno laboral estén libres de acoso y violencia.
Definiciones Clave
- Acoso Sexual: Incluye insinuaciones sexuales no deseadas, contacto físico no consensuado, y cualquier comportamiento de naturaleza sexual no aceptado por la víctima. Esto puede incluir comentarios sexuales, caricias no deseadas, besos forzados y cualquier otra conducta de naturaleza sexual que no sea consentida.
- Acoso Laboral: Conductas de hostigamiento que resulten en el menoscabo, maltrato o humillación del trabajador, incluyendo abuso emocional y mental, aislamiento y uso de lenguaje despectivo. El acoso laboral puede manifestarse de diversas formas, como críticas injustificadas, aislamiento social y asignación de tareas humillantes.
- Violencia en el Trabajo por Terceros: Actos de violencia física o verbal cometidos por personas ajenas a la relación laboral, como clientes o proveedores. Este tipo de violencia puede incluir agresiones físicas, amenazas verbales y cualquier otro comportamiento violento por parte de terceros que afecte a los empleados.
- Conductas Incívicas y Sexismo: Comportamientos descorteses o sexistas que, aunque no busquen dañar directamente, contribuyen a un ambiente de trabajo hostil y deben ser erradicados. Ejemplos de estas conductas incluyen comentarios despectivos sobre el género de una persona, chistes sexistas y cualquier otra forma de comportamiento irrespetuoso o discriminatorio.
Principios de Prevención
- Respeto a la Vida e Integridad: Se debe garantizar el respeto a la vida y la integridad física y psicológica de los trabajadores.
- Enfoque Preventivo: La prevención es la mejor manera de abordar el acoso y la violencia en el trabajo. Se deben implementar medidas preventivas proactivas.
- Equidad de Género: Promover la igualdad de género en todas las políticas y prácticas laborales.
- Universalidad e Inclusión: Las políticas deben ser inclusivas y aplicarse a todos los trabajadores, independientemente de su condición laboral.
- Solidaridad y Participación: Fomentar la participación activa de todos los empleados en la prevención y manejo del acoso y la violencia laboral.
Medidas Preventivas
La empresa organiza charlas, capacitaciones y talleres sobre la prevención del acoso y la violencia laboral, utilizando diversos medios de comunicación para difundir el protocolo y las medidas preventivas. Estas actividades son esenciales para educar a los empleados sobre sus derechos y responsabilidades, y para fomentar un ambiente de trabajo respetuoso y seguro.
Además, se implementan campañas de sensibilización y programas de formación continua para mantener a los empleados informados sobre las últimas políticas y procedimientos en materia de acoso y violencia laboral. Estos programas incluyen la distribución de materiales educativos, la realización de cursos, talleres y la incorporación de módulos de capacitación en línea.
La empresa también se compromete a monitorear y evaluar constantemente la efectividad de sus medidas preventivas, realizando ajustes según sea necesario para mejorar continuamente el entorno laboral.
Organización para la Gestión del Riesgo
Se designan responsables específicos para la implementación y seguimiento de las medidas preventivas, y se establece un Comité Paritario de Higiene y Seguridad para monitorear su cumplimiento. Este comité está compuesto por representantes de la empresa y de los trabajadores, y se encarga de supervisar todas las iniciativas relacionadas con la prevención del acoso y la violencia laboral.
El comité realiza evaluaciones periódicas de riesgo para identificar posibles áreas de mejora y asegurar que todas las medidas preventivas se están aplicando de manera efectiva. También actúa como un punto de contacto para los empleados que deseen reportar incidentes de acoso o violencia laboral.
Para fomentar un entorno de trabajo seguro, la empresa proporciona canales de comunicación confidenciales para que los empleados puedan denunciar cualquier incidente sin temor a represalias. Estos canales incluyen una línea telefónica dedicada y una dirección de correo electrónico específica para estos casos.
La empresa también se asegura de que todos los empleados estén familiarizados con el protocolo y sepan cómo utilizar los canales de denuncia. Se realizan sesiones informativas regulares para mantener a todos los empleados actualizados sobre cualquier cambio en las políticas o procedimientos.
Procedimientos de Denuncia e Investigación
La Ley Karin establece procedimientos claros y estructurados para la denuncia e investigación de casos de acoso y violencia laboral. Los empleados pueden presentar denuncias de manera confidencial, ya sea por escrito o verbalmente, y tienen la garantía de que sus quejas serán tratadas con seriedad y rapidez.
Una vez presentada una denuncia, la empresa tiene la obligación de iniciar una investigación inmediata y exhaustiva. El proceso de investigación debe ser imparcial y respetar la confidencialidad de todas las partes involucradas. Se toman medidas para asegurar que las investigaciones se realicen de manera justa y que se protejan los derechos tanto del denunciante como del acusado.
Durante la investigación, se recopilan todas las pruebas relevantes, incluyendo testimonios de testigos y cualquier documentación pertinente. Se llevan a cabo entrevistas con todas las partes involucradas y se documentan cuidadosamente todos los hallazgos.
Al finalizar la investigación, se elabora un informe detallado con los resultados y recomendaciones. La empresa debe tomar medidas correctivas basadas en los hallazgos de la investigación para resolver el problema y prevenir futuras ocurrencias. Estas medidas pueden incluir acciones disciplinarias contra el perpetrador, cambios en las políticas de la empresa y la implementación de nuevas medidas preventivas.
Apoyo a las Víctimas
La empresa reconoce la importancia de proporcionar apoyo a las víctimas de acoso y violencia laboral. Se ofrece atención psicológica temprana para ayudar a las víctimas a lidiar con el trauma y recuperarse de sus experiencias. Además, se toman medidas para asegurar que las víctimas no enfrenten represalias y que se sientan seguras y apoyadas en el entorno laboral.
El apoyo psicológico incluye sesiones de asesoramiento con profesionales calificados, programas de asistencia para empleados y acceso a recursos adicionales como líneas de ayuda y grupos de apoyo. La empresa también trabaja con las víctimas para desarrollar planes personalizados de recuperación y reintegración en el trabajo.
Además, se realizan esfuerzos para sensibilizar a todos los empleados sobre la importancia del apoyo y la empatía hacia las víctimas. Se promueve una cultura de solidaridad y respeto, y se anima a los empleados a ofrecer su apoyo a los compañeros que hayan sido afectados por el acoso o la violencia laboral.
Monitoreo y Evaluación
La empresa se compromete a monitorear y evaluar continuamente la efectividad de sus políticas y medidas preventivas. Se realizan auditorías internas periódicas y se solicitan retroalimentación de los empleados para identificar áreas de mejora. Los resultados de estas evaluaciones se utilizan para hacer ajustes en las políticas y asegurar que la empresa esté cumpliendo con los más altos estándares de seguridad y bienestar laboral.
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad juega un papel clave en el monitoreo y la evaluación de las medidas preventivas. El comité se reúne regularmente para revisar los incidentes reportados, evaluar la efectividad de las medidas tomadas y discutir posibles mejoras. También se encarga de la comunicación de los resultados de las evaluaciones a todos los empleados, asegurando la transparencia y la participación de todos en el proceso de mejora continua.
Además, la empresa participa en programas de certificación y evaluación externa para validar sus esfuerzos en la prevención del acoso y la violencia laboral. Estas evaluaciones externas proporcionan una perspectiva independiente sobre la efectividad de las políticas y prácticas de la empresa, y ayudan a identificar áreas de mejora que pueden no ser evidentes internamente.
En resumen, el compromiso de la empresa con la Ley Karin y la implementación de su protocolo de prevención del acoso y la violencia laboral demuestran un enfoque proactivo y dedicado a la creación de un entorno laboral seguro y respetuoso para todos sus empleados. A través de medidas preventivas, procedimientos de denuncia claros, apoyo a las víctimas y un enfoque de mejora continua, la empresa trabaja para erradicar el acoso y la violencia laboral y promover la igualdad de género en el lugar de trabajo.